¿Cuál es el baremo a aplicar en la Convocatoria de estabilización SAS?
El 30 de diciembre de 2022 se publicó en BOJA extraordinario, la convocatoria para la estabilización sas de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, el plazo para inscribirse en esta convocatoria se abre el 2 de marzo y hasta el 16 de marzo, ambos incluidos. Se espera que estos exámenes se celebren a finales de 2023 o principios del 2024.
¿Cuál es el baremo a aplicar en esta convocatoria?
La puntuación máxima de esta fase será de 100 puntos y solo se accederá si se ha superado la fase de oposición. El baremo de méritos está organizado en dos apartados:
- Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 70 puntos).
- Apartado segundo. Otros méritos (máximo 30 puntos).
Te dejamos el baremo detallado para cada categoría:
BAREMO PARA LAS CATEGORÍAS/ ESPECIALIDADES DE PERSONAL DE GESTIÓN Y SERVICIOS, LOS SUBGRUPOS C1, C2 Y E:
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 70 puntos).
- a) Por cada día de servicios prestados en la misma categoría y especialidad, en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud como personal estatutario temporal o sustituto o como personal funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad: 0,016 puntos por día de servicio.
Por cada día de servicios prestados en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,016 puntos por día de servicio.
- b) En los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud como personal estatutario fijo o como personal funcionario de carrera en diferente categoría, cuerpo y especialidad: 0,007 puntos por día de servicio.
En los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para diferente categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,007 puntos por día de servicio.
En total en el epígrafe b) como máximo se podrá obtener una puntuación de 14 puntos.
- c) En los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía, de otras Administraciones Públicas, o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea como personal estatutario temporal o sustituto o como personal funcionario interino en la misma categoría, cuerpo y especialidad: 0,011 puntos por día de servicio.
En los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para la categoría/cuerpo y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,011 puntos por día de servicio.
En todo caso, cada periodo de experiencia profesional solo podrá ser valorado en uno de los epígrafes citados en este apartado.
Apartado segundo. Otros méritos (máximo 30 puntos).
- Por la superación de la fase de oposición correspondiente a la categoría a la que se opta en las Ofertas de Empleo Público convocadas en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, una vez publicada la Resolución de aspirantes que superan la fase de oposición, con posterioridad a la finalización de los procesos selectivos convocados en desarrollo del Decreto 54/2002, de 19 de febrero, por el que se estableció un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud: 10 puntos por cada fase de oposición superada.
- Otra titulación distinta a la exigida como requisito de acceso: Por haber obtenido una Titulación Oficial de igual o superior nivel académico, diferente a la exigida como requisito de acceso, en el ámbito profesional de la categoría a la que se opta: 10 puntos.
- Formación Continuada: en el conjunto de actividades formativas se podrá valorar como discente hasta un máximo 10 actividades.
Por la asistencia debidamente justificada a actividades formativas que hayan sido convocadas, impartidas u homologadas por Corporaciones de derecho público, asociaciones de utilidad pública u Organizaciones Sindicales que intervienen en el Sistema Nacional de Salud: Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio competente en materia de sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos, Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones o empresas acreditadas para la formación , Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades y representativas de las mismas, dirigidas a la categoría y especialidad a la que se opta o, en defecto de lo anterior, que guarde una relación directa con los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa: 1,5 puntos por cada crédito o 0,15 puntos por cada hora lectiva, siendo excluyentes entre sí ambas valoraciones.
El Tribunal habrá de considerar, al menos, las siguientes materias:
- Prevención de riesgos laborales, Ofimática, Protección de datos, Igualdad entre mujeres y hombres, Prevención y lucha contra la violencia de género y agresiones, Derechos de la infancia y la adolescencia, Comunicación y habilidades relacionales, Seguridad y autonomía del paciente, Derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, Organización sanitaria y su marco institucional, jurídico y legislativo, Régimen jurídico aplicable al personal sanitario del Servicio Nacional de Salud, Gestión de la calidad, Bioética y deontología profesional, Planificación y gestión, Investigación y estadística, Reanimación Cardiopulmonar, Gestión Medioambiental.
No se valorarán los diplomas relativos a congresos, jornadas, seminarios, simposios y similares.
BAREMO PARA EL ACCESO A CATEGORÍAS/ESPECIALIDADES DE PERSONAL SANITARIO SUBGRUPOS C1 Y C2
Apartado primero. Experiencia profesional (máximo 70 puntos).
- a) Por cada día de servicios prestados en la misma categoría y especialidad, en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud como personal estatutario temporal o sustituto o como personal funcionario interino en el mismo cuerpo y especialidad: 0,016 puntos por día de servicio.
Por cada día de servicios prestados en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,016 puntos por día de servicio.
- b) En los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud como personal estatutario fijo o como personal funcionario de carrera en diferente categoría, cuerpo y especialidad: 0,007 puntos por día de servicio.
En los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para diferente categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,007 puntos por día de servicio.
En total en el epígrafe b) como máximo se podrá obtener una puntuación de 14 puntos.
- c) En los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía, de otras Administraciones Públicas, o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea como personal estatutario temporal o sustituto o como personal funcionario interino en la misma categoría, cuerpo y especialidad: 0,011 puntos por día de servicio.
En los centros sanitarios del Sistema Nacional de Salud, del Sistema Sanitario Público de Andalucía o de cualquier centro sanitario público de los países miembros de la Unión Europea en puestos o categorías que tengan la consideración o clasificación funcional de cargo intermedio si se concursa para la categoría y especialidad desde la que se accedió a dicha situación: 0,011 puntos por día de servicio.
En todo caso, cada periodo de experiencia profesional solo podrá ser valorado en uno de los epígrafes citados en este apartado.
Apartado segundo. Otros méritos (máximo 30 puntos). Estabilización SAS.
- Por la superación de la fase de oposición correspondiente a la categoría a la que se opta en las Ofertas de Empleo Público convocadas en el ámbito del Servicio Andaluz de Salud, una vez publicada la Resolución de aspirantes que superan la fase de oposición, con posterioridad a la finalización de los procesos selectivos convocados en desarrollo del Decreto 54/2002, de 19 de febrero, por el que se estableció un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud: 10 puntos por cada fase de oposición superada.
- Otra titulación distinta a la exigida como requisito de acceso: Por haber obtenido una Titulación Oficial de igual o superior nivel académico, diferente a la exigida como requisito de acceso, en el ámbito de las ciencias de la salud: 10 puntos.
- Formación Continuada: En el conjunto de actividades formativas se podrá valorar como discente hasta un máximo 10 actividades
- a) Por la asistencia con aprovechamiento a actividades formativas acreditadas por alguno de los órganos acreditadores que integran el sistema de acreditación de la formación continuada en el sistema nacional de salud, que tengan reconocida por la Comisión de Recursos Humanos del SNS la equivalencia con los mismos, dirigidas a la categoría y especialidad a la que se opta o, en defecto de lo anterior, que guarde una relación directa con el puesto de trabajo propio de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa: 1,5 puntos por crédito.
- b) Por la asistencia a actividades formativas no acreditadas, que hayan sido convocados, impartidos u homologados por Corporaciones de derecho público, asociaciones de utilidad pública u Organizaciones Sindicales que intervienen en el Sistema Nacional de Salud: Servicios de Salud o Consejerías de Salud de las Comunidades Autónomas, Ministerio competente en materia de sanidad, Escuelas de Salud Pública y otras Entidades de los Sistemas Sanitarios Públicos acreditadas como centros para la formación continuada para las profesiones sanitarias adscritas a cualquiera de los organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Administraciones Públicas e Institutos de Administración Pública adscritos a los organismos citados, Consejería o Ministerio competente en materia de Empleo, Instituto Nacional de Empleo o Servicio de Empleo de las Comunidades Autónomas o las entidades del sector público a ellas adscritos, Organizaciones Sindicales presentes en el sector sanitario o sus fundaciones o empresas acreditadas para la formación, Corporaciones Profesionales o Sociedades Científicas Sanitarias de ámbito estatal o sus Sociedades Autonómicas legalmente constituidas en el ámbito específico de las profesiones sanitarias o de las Especialidades legalmente reconocidas por el Ministerio competente en la materia, e incluidas en el Consejo General de Especialidades y representativas de las mismas, dirigidas a la categoría y especialidad a la que se opta o, en defecto de lo anterior, que guarde una relación directa con los puestos de trabajo propios de la categoría y en su caso especialidad a la que se concursa: 0,15 puntos por cada hora lectiva.
El Tribunal habrá de considerar, al menos, las siguientes materias: Prevención de riesgos laborales, Ofimática, Protección de datos, Igualdad entre mujeres y hombres, Prevención y lucha contra la violencia de género y agresiones, Derechos de la infancia y la adolescencia, Comunicación y habilidades relacionales, Seguridad y autonomía del paciente, Derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, Organización sanitaria y su marco institucional, jurídico y legislativo, Régimen jurídico aplicable al personal sanitario del Servicio Nacional de Salud, Gestión de la calidad, Bioética y deontología profesional, Planificación y gestión, Investigación y estadística, Reanimación Cardiopulmonar, Gestión Medioambiental.
No se valorarán los diplomas relativos a congresos, jornadas, seminarios, simposios y similares.
Puedes consultar toda la información sobre la convocatoria en nuestra web. Te dejamos también el enlace a la convocatoria y el enlace las bases de la convocatoria.