Convocatoria de Secundaria Andalucía 2025

Publicada la Convocatoria para Secundaria en Andalucía para 2025.

Hoy 25 de febrero de 2025, se ha publicado en BOJA la convocatoria de procedimiento selectivo para el ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores de Música y Artes Escénicas y de Maestros.

Se convocan 3.276 plazas para el CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (590), de las que 2.916 son de nuevo ingreso y 360 de la reserva de discapacidad.

Código Especialidad Total Plazas Turno general Reserva discapacidad (pendiente) Reserva discapacidad Total reserva discapacidad
590001 FILOSOFÍA P.E.S. 232 207 2 23 25
590002 GRIEGO P.E.S. 20 18 0 2 2
590003 LATÍN P.E.S. 50 45 0 5 5
590004 LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA P.E.S. 400 355 5 40 45
590005 GEOGRAFÍA E HISTORIA P.E.S. 455 405 5 45 50
590006 MATEMÁTICAS P.E.S. 400 354 7 39 46
590008 BIOLOGÍA Y GEOLOGÍA P.E.S. 379 337 4 38 42
590011 INGLÉS P.E.S. 600 536 4 60 64
590061 ECONOMÍA P.E.S. 92 81 2 9 11
590104 CONSTRUCCIONES CIVILES Y EDIFICACIÓN P.E.S. 25 22 0 3 3
590107 INFORMÁTICA P.E.S. 428 382 3 43 46
590111 ORGANIZACIÓN Y PROCESOS MANTENIM. VEHÍCULOS P.E.S. 50 45 0 5 5
590113 ORGANIZACIÓN Y PROYEC. SISTEMAS ENERGÉTICOS P.E.S. 25 22 0 3 3
590115 PROCESOS DE PRODUCCIÓN AGRARIA P.E.S. 45 40 0 5 5
590219 PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICO CLÍNICO Y ORTOPROTÉSICO P.E.S. 75 67 0 8 8
TOTAL 590 3.276 2.916 32 328 360

El plazo de presentación de solicitudes es de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Desde el 26 de febrero al 19 de marzo de 2025. Puedes acceder a la web de la Consejería para presentar la solicitud, en este enlace.

Puedes consular las plazas de todos los Cuerpos y las Especialidades convocadas en el punto 1.1 de la convocatoria.

¿Cómo accedo al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria?

Para poder acceder a estas plazas del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria deben reunirse, además de los requisitos generales (indicados en el punto 2.1 de la Convocatoria) los siguientes requisitos  específicos:

  1. Estar en posesión de alguno de los títulos de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto, o título de grado correspondiente. De conformidad con la disposición adicional única, apartado 1, del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, en adelante Reglamento de ingreso, para las especialidades que se detallan en el Anexo V, podrán ser admitidos quienes, aun careciendo de la titulación exigida con carácter general, estén en posesión de alguna titulación de diplomatura universitaria, arquitectura técnica o ingeniería técnica.
  2. Estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Con carácter general, cumplirá este requisito quien se encuentre en posesión del título oficial de Máster universitario que habilita para el ejercicio de las profesiones reguladas de profesor de enseñanza secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional y escuelas oficiales de idiomas, con independencia de la especialidad que figure en dicho título.

Están dispensados de la posesión del citado título oficial de Máster universitario quienes acrediten haber obtenido con anterioridad al 1 de octubre de 2009, algunos de los siguientes requisitos:

  • Estar en posesión del Título Profesional de Especialización Didáctica, del Certificado de Cualificación Pedagógica o del Certificado de Aptitud Pedagógica.
  • Estar en posesión del título de Maestro, diplomado en Educación General Básica, maestro en Primera Enseñanza o de un título de Licenciado en Pedagogía o Psicopedagogía, así como de cualquier otro título de licenciado u otra titulación declarada equivalente al mismo que incluya formación pedagógica y didáctica. Este último supuesto deberá acreditarse con un certificado del Rector de la Universidad que haya expedido el título.

En este certificado tendrá que constar:

    • Que la fecha en la cual se obtuvo el título es anterior al 1 de octubre de 2009.
    • Que la persona interesada ha superado un mínimo de 60 créditos relacionados con la formación pedagógica y didáctica que le aportan las competencias y conocimientos requeridos por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
  • Se entenderán también dispensados de la posesión del citado título a quienes acrediten que en esa fecha estaban cursando enseñanzas conducentes a la obtención de los títulos de licenciados en Pedagogía o Psicopedagogía, y tuvieran cursados 180 créditos de estas enseñanzas antes del 1 de octubre de 2009.
  • Haber impartido docencia durante dos cursos académicos completos o, en su defecto, doce meses en periodos continuos o discontinuos, en centros públicos o privados de enseñanza reglada debidamente autorizados, en los niveles y enseñanzas cuyas especialidades docentes se regulan en el Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre.

¿Qué debo presentar?

Las solicitudes se presentarán telemáticamente a través del portal web de la Consejería de Desarrollo educativo y Formación Profesional.

Junto con la solicitud se deberá presentar la documentación indicada en el punto 3.2 de la convocatoria:

  1. Copia del documento nacional de identidad en vigor, si se opone a la consulta de los datos de identidad a través de los sistemas de verificación de identidad.
  2. El ejemplar para la Administración del documento 046, salvo que presente la correspondiente autoliquidación y realice el pago de su importe por medios electrónicos o esté exento del pago de la tasa al tener reconocida una de las condiciones establecidas en el artículo 256 de la Ley 10/2021, de 28 de diciembre, y se acredite suficientemente.
  3. Cuando el personal aspirante se oponga a la consulta de los datos de titulación a través de los sistemas de consulta de titulaciones universitarias y no universitarias del que dispone el Ministerio de Educación y Formación Profesional, deberá anexar copia del título alegado como requisito para el ingreso en el cuerpo docente por el que participa en el procedimiento selectivo (anverso y reverso), o en su defecto, resguardo de expedición del título. En el caso de que dicha titulación se haya obtenido en el extranjero se deberá aportar, sin excepción, la correspondiente resolución de homologación del Estado Español.
  4. El personal participante por especialidades de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional deberá presentar una copia de la documentación acreditativa de estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica. Cuando se alegue, en sustitución de la formación pedagógica y didáctica, docencia efectiva, a 31 de agosto de 2009, durante dos cursos académicos completos o doce meses continuos o discontinuos, en enseñanzas regladas y en las especialidades recogidas en el referido real decreto, esta se acreditará de la siguiente forma:
      • Si la docencia se ha impartido en centros públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, no habrá de presentarse certificación alguna, al obrar los datos en poder de la Administración.
      • Si la docencia se ha impartido en centros públicos de otras Administraciones educativas, habrá de presentarse la certificación del tiempo de docencia efectiva con indicación de fecha de inicio y fin, expedida por el órgano competente en materia de recursos humanos, haciendo constar el cuerpo y la especialidad.
      •  Si se trata de un centro privado, habrá de presentarse una certificación de la Dirección del centro con el VºBº de la Inspección de Educación, haciendo constar tiempo de docencia efectiva con indicación de fecha de inicio y fin, el nivel de enseñanza impartida y la especialidad.

¿Cuánto cuesta?

La tasa a abonar por derechos de examen es la siguiente:

Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Profesores de Música y Artes Escénicas 56,63 €.

Están exentos de este pago:

  1. Los miembros de familias numerosas de la categoría especial y general.
  2. Las víctimas del terrorismo.
  3. Las víctimas de violencia de género, doméstica o de ambas.
  4. Las personas con discapacidad en un grado igual o superior al 33%.
  5. Las personas beneficiarias de la prestación del ingreso mínimo vital.

¿Cuáles son los plazos?

Plazo de presentación:

  • Será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Comienzo y desarrollo del procedimiento selectivo:

  • El procedimiento selectivo dará comienzo en el mes de junio de 2025.
  • El acto de presentación será de asistencia obligatoria para todos los participantes. En él, los tribunales identificarán al personal aspirante mediante la presentación del DNI en vigor o, en su defecto, carnet de conducir o pasaporte también en vigor e impartirán las instrucciones precisas para el desarrollo de las fases de oposición y concurso, también indicarán los plazos y lugares en los que se desarrollará el procedimiento.
  • Una vez publicada la lista definitiva de admitidos, se dispondrá de un plazo de 5 días hábiles para entregar la  programación didáctica. Deberá entregarse en formato PDF, a través del portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. 
  • Una vez celebrada la primera prueba, habrá un plazo de 24 horas para que el personal aspirante pueda solicitar copia de su examen  escrito y del documento de evaluación a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.

El orden de actuación será el alfabético ascendente, iniciándose por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «H».

¿Cómo es el proceso?

Fase de oposición:

Consta de dos pruebas que serán eliminatorias

La primera prueba constará de dos partes: parte práctica y desarrollo por escrito de un tema a elegir por el candidato de entre cuatro si el temario de la especialidad consta de más de 50 temas. Tendrá una duración máxima de cuatro horas y treinta minutos, y se realizarán las dos partes sin interrupción. Se valorará de 0 a 10 puntos, que será la media aritmética de las dos partes de que consta, siempre que se haya obtenido 2,5 puntos o más en cada una de las partes. Se considerará superada si la nota definitiva es de un 5 o más.

La segunda prueba constará de dos partes: Presentación y defensa de la programación didáctica, y preparación y exposición oral de una unidad didáctica o situación de aprendizaje. Para la defensa de la programación se dispondrá de 30 minutos y para la exposición de la unidad didáctica de otros 30 minutos.

Cada parte se calificará de 0 a 10 puntos, y la puntuación de esta segunda prueba se obtendrá multiplicando por 0,3 la nota obtenida en la presentación y defensa de la programación didáctica, y por 0,7 la obtenida en la exposición de la unidad didáctica. Siendo necesario obtener como mínimo un 2,5 en cada una de las partes de esta segunda prueba.

Los detalles de la programación didáctica a entregar puedes consultarlos en el punto 8.1.2 de la convocatoria.

Es importante resaltar que la programación tiene que ser de elaboración propia.

Contra las calificaciones provisionales obtenidas en esta segunda prueba, se podrán presentar alegaciones por los motivos de error material que estimen oportunos, ante el tribunal, hasta las 19 horas del día de publicación de dichas calificaciones y durante el siguiente día hábil en horario de 9 a 14 horas y en las mismas sedes en las que se hayan celebrado las pruebas.

Fase de concurso:

Para acceder a esta parte es necesario haber obtenido al menos 5 puntos en la fase de oposición. Los méritos se presentarán una vez publicadas las listas de admitidos a las pruebas en un plazo de 10 días naturales que abrirá la Consejería. Se presentarán en formato pdf  a través del espacio habilitado al efecto en el portal web de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, ordenados según los apartados que conforman el baremo del Anexo II, mediante una solicitud.

Los detalles del baremo puedes consultarlos en el punto 8.2.1 de la convocatoria.

Recuerda permanecer atento a la sección #Noticias de la web para enterarte de las últimas novedades. ¡Nos leemos!

ENLACE A LA CONVOCATORIA

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