Modificación límites de edad para Oficiales y Suboficiales
Publicada la modificación de los límites de edad para el acceso a Oficiales y Suboficiales por Promoción Interna.
El Real Decreto 556/2020, de 9 de junio, publicado hoy se indican las modificaciones de límites de edad para el acceso a las escalas de Oficiales y Suboficiales por Promoción Interna. Dichos límites de edad quedan de la siguiente manera:
No se deberán cumplir ni haber cumplido en el año en que se publique la correspondiente convocatoria, las siguientes edades máximas:
Para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
- Sin exigencia previa de titulación universitaria: 34 años, excepto para la especialidad fundamental Vuelo del Cuerpo General del Ejército del Aire, que se establece en 24 años.
- Con exigencia previa de titulación de grado universitario o titulaciones universitarias que figuren en el apartado 1.A.1º del anexo II: 38 años.
Para incorporarse a las escalas de suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina:
- Sin exigencia previa de un título de Técnico Superior: 34 años, excepto para la especialidad fundamental de Aviación del Ejército de Tierra, que será de 24 años.
- Con exigencia previa de un título de Técnico Superior: 36 años, excepto para la especialidad fundamental Aviación del Ejército de Tierra, que será de 27 años.
- Para el Cuerpo de Músicas Militares: 36 años.
Consulta el RD 556/2020, de 9 de junio.
Consulta los Requisitos para la Promoción Interna.